miércoles, 9 de enero de 2013

MALVINAS El colonialismo del siglo XXI



A 180 años de la usurpación, Gran Bretaña se niega a cumplir las resoluciones de la ONU amparándose en el principio de autodeterminación de los pueblos, cuya aplicación en el caso Malvinas supone su absoluta descaracterización.

Por Soledad Guarnaccia

En ocasión de los ciento ochenta años de la usurpación de las Islas Malvinas por parte de Gran Bretaña, Cristina Kirchner remitió a David Cameron una carta en la que demanda poner fin al colonialismo y reitera el reclamo de diálogo conforme lo estipulan desde 1965 una decena de resoluciones de Naciones Unidas. En su respuesta, el gobierno británico expresó nuevamente su negativa a negociar, acusó a la Argentina de pretensiones colonialistas que suponen "borrar de la historia a los isleños" y pidió respetar el resultado del referéndum que se celebrará en el mes de marzo. Todo ello en nombre de una supuesta defensa del principio de autodeterminación de los pueblos. ¿Por qué, sin embargo, la aplicación de este principio en el caso Malvinas supondría su absoluta descaracterización?

En 1960 Naciones Unidas proclamó la necesidad de poner fin al colonialismo a través de la célebre Resolución 1514, que especifica los principios que deben regir los procesos de descolonización: el principio de autodeterminación de los pueblos, que consagra el derecho de los mismos a instituir sus propios gobiernos, y el de integridad territorial, que prescribe que ningún Estado puede constituirse violando el territorio de un Estado preexistente.


La cuestión Malvinas se inscribió como un caso singular de descolonización. A diferencia de Gran Bretaña, que en 1964 arguyó ante el Comité de Descolonización que debía regir el principio de autodeterminación, la Argentina -en una pieza diplomática de altísimo nivel a cargo de José María Ruda- sostuvo que Malvinas poseía un carácter específico dentro de los procesos de descolonización y que por tanto debía aplicarse el principio de integridad territorial.

 Básicamente, a diferencia de las naciones asiáticas y africanas que luchaban por su independencia, en Malvinas no se verificaba una población subyugada por un poder colonial (situación que ameritaría que rigiera el principio de autodeterminación). En cambio, su situación consistía, y consiste aún, en que parte del territorio argentino fue ocupado violenta e ilegalmente por el Reino Unido, que expulsó e impidió el retorno a las islas de las autoridades y pobladores argentinos existentes. Si Malvinas aún hoy constituye uno de los dieciséis casos de colonialismo es porque su territorio, y no su población, se encuentra en manos de un poder colonialista.

En 1965, la ONU se pronunció sobre la cuestión Malvinas a través de la Resolución 2065, que reconoce la existencia de un litigio que involucra a la Argentina y al Reino Unido. La Resolución insta a las partes a negociar, teniendo en cuenta los intereses, no así los deseos de los isleños, descartando de este modo la figura de la “autodeterminación” para la cuestión Malvinas. De haber sido éste el caso, la Resolución habría reconocido los deseos de los habitantes y éstos últimos habrían sido considerados como parte en la negociación, junto con Argentina y el Reino Unido.

Pero no fue el caso y por eso la pregunta del referéndum que los isleños planean realizar en marzo de este año (“¿Desea usted que las Islas Falckland conserven su status político como un territorio de ultramar del Reino Unido?”), incluye el verbo “desear”, que supone una atribución sólo reconocida por el Reino Unido. A su vez, dado que los isleños son considerados -desde 1983- ciudadanos británicos, el referendum supone un verdadero disparate jurídico-político en el que los británicos se instituirán como jueces de un litigio en el que son parte. Sólo una nación con innegable tradición colonialista podría asignarse semejantes potestades. Más aún, el texto que acompañará el referendum expresa que la situación política actual es de "autonomía interna" pero que el Reino Unido es responsable de la defensa y la representación exterior, dos atributos inalienables de todo sujeto político que se precie de ejercer la autodeterminación política.

Naciones Unidas ha validado en una decena de veces la Resolución 2065. Lo hizo antes y después de la guerra. Fundamentalmente, porque los resultados de un hecho basado en el uso de la fuerza no deciden una cuestión de derecho. Por ello, el Reino Unido tuvo que resignar, por ejemplo, su presencia en Hong Kong.

Todo lo dicho hasta aquí no implica desconocer que la guerra de Malvinas significó un gran retroceso en las negociaciones para recuperar la soberanía de las islas y que los militares que la decidieron, los mismos que trataron a su propia población como una colonia, merecen la condena y la reprobación pública.

Tampoco implica “borrar de la historia a los isleños”. Ni pretende convertirlos compulsivamente en argentinos. Argentina reclama el territorio, o algo todavía más básico: la reapertura del diálogo. Lo que no acepta es que el principio de autodeterminación sea aplicable al caso Malvinas.

Los que por medio de la fuerza ocupan desde hace ciento ochenta años un territorio, no pueden decidir con derecho sobre su ley. Convalidarlo sería tan impropio como pensar que David Cameron es el Franz Fanon del siglo XXI.


Tomado de aquí.

 


 

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