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viernes, 4 de julio de 2014

Un protocolo de protección


El proyecto presentado en el Congreso busca reglamentar la consulta a los habitantes de las tierras previo a que sean objeto de cualquier acción, para que den o no su consentimiento. Luego de la presentación realizaron un acto en la Plaza del Congreso.

Organizaciones de pueblos originarios elaboraron una herramienta jurídica que reglamenta la consulta sobre la tierra que habitan para ser informados previamente a cualquier acción que se pretenda realizar sobre ella y den o no su consentimiento. El Protocolo de Consulta Previa Libre e Informada a los Pueblos Originarios fue presentado ayer en el Congreso, con la intención de que sea convertido en ley. Luego organizaron un acto en el que participaron 300 autoridades de comunidades indígenas llegados desde distintas provincias, legisladores y funcionarios del Ministerio de Agricultura.
“Somos los responsables de defender y hablar por lo que Occidente llama recursos naturales, que consideramos tienen carácter sagrado y son parte de nuestra identidad”, afirmó Silvia Claleo, lonco de la Organización Territorial de la Confederación Mapuche de Neuquén. Más tarde, se realizó un festival en la Plaza del Congreso en reclamo de justicia por el asesinato de Javier Chocobar, autoridad de la comunidad indígena de Chuschagasta de la nación diaguita en Tucumán, muerto al defender la tierra de sus antepasados (ver aparte).
El Protocolo de Consulta es el resultado del trabajo colectivo, durante casi tres años, en asambleas territoriales, reuniones y encuentros de las 45 organizaciones que nuclean 27 pueblos preexistentes y más de 1500 comunidades que habitan 20 provincias de nuestro país, nucleadas en el Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios (Enotpo). “Pedimos que se reconozca a nuestras autoridades para que en el ejercicio se conforme un Estado pluricultural”, señaló Clara Philtano, de la organización Ocastafe de Santa Fe. “Queremos el reconocimiento a través de la consulta sobre lo que nos pertenece, ya que la tierra es nuestro proyecto de vida”, subrayó Philtano.
De acuerdo con lo expuesto por Sofía Bordenave, abogada y parte del equipo intercultural de Enotpo, el documento “se basa en la legislación vigente, tanto en el artículo 75 de la Constitución nacional como el Convenio internacional 169 de la OIT, al que nuestro país está suscripto”.
En ese sentido, Nina Jaramiyo –de la comunidad colla y a cargo de la Dirección de Afirmación de Derechos Indígenas en el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI)– señaló que “el derecho a la consulta es un derecho del que gozamos los pueblos originarios, que puede y debe ser ejercido sin necesidad de esperar reglamentación o acto administrativo alguno”. El protocolo contempla una etapa preliminar en que se identifique la posible afectación de los derechos colectivos de los pueblos originarios, además de las organizaciones territoriales afectadas y la elaboración de un plan de consulta. Sigue una segunda etapa de diálogo intercultural, entre los promotores del proyecto y las autoridades originarias. Luego, un momento de evaluación interna de las comunidades, una etapa de decisión y finaliza con un monitoreo del objeto de consulta.
Las organizaciones territoriales del Enotpo plantean que esta herramienta es un insumo fundamental para la sanción de una ley de Consulta y Participación a Pueblos Originarios. “Es una propuesta hacia la pluralidad jurídica real, que nos permita el buen vivir entre culturas y cosmovisiones diferentes”, aseguró Jaramiyo.
Otro de los oradores, Miguel Gil, delegado de la organización territorial Huarpe Pinkanta en San Luis, Mendoza y San Juan, pidió que no quede como “una letra muerta u olvidado en el cajón de un legislador”. Advirtió también que “necesitamos que se institucionalice el Protocolo para volver a tener libertad, poder cuidar nuestro monte, nuestra agua, nuestra salud. No podemos seguir sufriendo desalojos de gente que no pide permiso y hasta asesina a nuestros hermanos”.
“La experiencia jurídico-indígena en Argentina se basa en la lucha y resistencia. Un ejemplo de ello –relató uno de los participantes del encuentro– es la propiedad comunitaria, ya que sus alcances y delimitación fueron establecidos por los pueblos en el ejercicio mismo, en la defensa de sus territorios, movilizaciones, recuperaciones territoriales, cortes de rutas, frenos a desmontes y desalojos. Esas acciones posibilitaron posteriormente la sanción de leyes para su protección.”
Informe: Laura Guarinoni.

Tomado de aquí


lunes, 5 de septiembre de 2011

¿Qué son los Acuerdos de San Andrés? (1996)

Resumen de los documentos originales de los Acuerdos de San Andrés, firmados el 16 de febrero de 1996. Su fuente original es el boletín de la organización Xi'Nich, Palenque, Chiapas.

Los acuerdos de San Andrés son compromisos y propuestas conjuntas que el gobierno federal pactó con el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) para garantizar una nueva relación entre los pueblos indígenas del país, la sociedad y el Estado. Estas propuestas, conjuntas, se enviarían a las cámaras legislativas para que se convirtieran en Reformas Constitucionales. Es decir, el gobierno se comprometió a consultar con el EZLN su propuesta de Reformas, por eso se habla de propuestas conjuntas.

El propósito central de estos acuerdos es terminar con la relación de subordinación, desigualdad, discriminación, pobreza, explotación y exclusión política de los pueblos indios.

Para esto, se planteó un nuevo marco jurídico que contemplara el reconocimiento en la Constitución de los derechos de los pueblos indios, es decir, no sólo derechos individuales, de personas, sino derechos colectivos, de pueblos (sean tzeltales, purépechas, nahuas, tarahumaras, huicholes, mixtecos o de cualquier otro pueblo indio que habite dentro del territorio nacional). Los derechos por reconocer son los siguientes:

* políticos: (expresados especialmente en el reconocimiento de los gobiernos propios, y de las formas propias de elección de sus autoridades)

* jurídicos: para poder ejercer sus sistemas normativos internos, sus formas de elegir a sus propias autoridades, sus formas de impartir justicia, reparar las faltas y decidir en materia de conflictos internos.
* sociales: para decidir sus propias formas de organización social.

* económicos: para decidir su propia organización para el trabajo, para el disfrute de sus propios recursos y para que se impulse la producción y el empleo y la satisfacción de las necesidades propias de los pueblos indios.
* culturales: para garantizar la cultura propia de los pueblos indígenas.

Los compromisos y propuestas conjuntas que las partes se comprometieron a impulsar son los siguientes:

1. Reconocimiento de los pueblos indígenas en la Constitución y su derecho a la libre determinación en un marco constitucional de autonomía.

2. Ampliar la participación y representación política, el reconocimiento de sus derechos políticos, económicos, sociales y culturales.

3. Garantizar el pleno acceso de los pueblos indios a la justicia del Estado, a la jurisdicción del Estado y el reconocimiento de los sistemas normativos internos de los pueblos indios.

4. Promover las manifestaciones culturales de los pueblos indígenas.

5. Asegurar la educación y la capacitación y aprovechar y respetar sus saberes tradicionales.

6. Satisfacer sus necesidades básicas.

7. Impulsar la producción y el empleo.

8. Proteger a los indígenas migrantes.

Esta nueva relación necesita de una profunda reforma del Estado, un nuevo pacto social en el que se respete la autonomía de los pueblos indios. Para que haya este respeto, toda acción, programa o proyecto de desarrollo que el Estado impulse debe garantizar la participación activa de los pueblos indios, y como tal debe basarse en los siguientes principios:

* libre determinación y autonomía: El Estado no podrá realizar acciones unilaterales y deberá respetar los planteamientos y previsiones de los pueblos, las comunidades y organizaciones indígenas.

* participación: Los pueblos y las comunidades deberán ser sujetos activos en el diseño, la planeación, ejecución y evaluación de los programas y proyectos que se decidan, junto con el gobierno.

* pluralismo: Este principio busca que se respete la diversidad de todos los indígenas del país. Que no exista más discriminación contra nadie.

* integralidad: Esto quiere decir que los programas y acciones del gobierno tienen que abarcar los problemas completos y no intentar resolver sólo parte de ellos. Se busca que los problemas que tienen relación se resuelvan juntos.

* sustentabilidad: Es importante que los proyectos y programas no dañen el medio ambiente ni los recursos de los pueblos indios. Se busca con esto que se respete la naturaleza y la cultura de los pueblos indígenas.

Tomado de aquí.

Textos vinculados:












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